Solo un Derecho con mayúscula garantiza la paz en el mundo
Todos invocan el “derecho internacional”, pero pocos reconocen su fundamento objetivo: el orden natural, que no le gusta ni al islam ni al pensamiento dominante en Occidente. Una visión del mundo no vale más que otra, ni siquiera en el ámbito de las relaciones entre Estados.
Derecho internacional: todos hablan de él pero nadie lo aplica. Algunos incluso se preguntan si realmente existe. Si pensamos en Ucrania, Venezuela, Gaza y ahora Irán, podemos ver que todos los protagonistas lo han violado. ¿Lo han violado para promover sus propios intereses o porque no lo reconocen? Por lo general, se apunta a la primera de estas dos razones, descuidando la segunda. Sin embargo, hay visiones del mundo que no admiten un derecho internacional, lo cual revela un hecho interesante: el derecho internacional no es válido para todas las visiones del mundo, sino que requiere un pensamiento adecuado. El derecho internacional -y por lo tanto también sus violaciones- plantean un problema de pensamiento y no solo de intereses que defender y promover.
Esto explica también la situación de impasse de la ONU, que continuamente invoca el derecho internacional pero expresa una visión contraria a él, al igual que muchos de sus Estados miembros. La debilidad de la ONU se debe sin duda a que expresa una situación posterior a la Segunda Guerra Mundial muy diferente de la actual, además del fracaso de la previsión de Jacques Maritain que aseguró que era posible una nueva ética pública internacional basada en el concepto de persona humana. Se engañaba al pensar que todas las religiones y todas las culturas podían coincidir en este concepto, algo que nunca ocurrió porque no podía ocurrir.
El derecho internacional necesita un pensamiento adecuado. A este respecto, conviene recordar que las dos visiones del mundo que se enfrentan en Irán, es decir, la “occidental” y la “islámica” en su versión chiíta, son incapaces de fundamentar adecuadamente el derecho internacional. La razón es que ambas niegan la existencia del Derecho y es imposible tener derecho internacional sin el Derecho. Por Derecho (que escribimos con mayúscula para distinguirlo del derecho subjetivo previsto por las leyes positivas) se entiende el orden natural, lo justo que corresponde por naturaleza a este orden objetivo, finalista e indisponible. Se trata de un derecho no escrito, pero inscrito en el orden de la realidad en el que deben inspirarse los ordenamientos jurídicos, incluidos los internacionales. Es “el orden de la razón en las acciones humanas” (santo Tomás).
Ahora bien, la religión islámica, que es inmediatamente cultura y civilización al no conocer ninguna articulación de planos entre la razón y la fe, no reconoce el Derecho en el sentido antes mencionado. Ese Derecho presupone que existe un orden de la naturaleza y de la razón dotado de autonomía propia con respecto al de la fe religiosa. Piensa también que en ello se basa la legitimación próxima de la autoridad política, como bien explicó Benedicto XVI ante el Parlamento Federal de Alemania en el 2011. Para el islam, este plano de la razón natural al que pertenecen la moral y el derecho de forma autónoma no existe, porque el único Derecho posible está constituido por los insondables decretos de Alá, que son religiosos, jurídicos, civiles y penales al mismo tiempo. Su fuente es superior a la propia racionalidad y a la propia verdad: recordemos el discurso de Benedicto XVI en Ratisbona... También aquí el Derecho es el que fundamenta la autoridad política, pero no como algo autónomo de la religión, sino precisamente como derecho religioso.
En el islam, el Derecho no se refiere a la universalidad de los hombres, sino a la universalidad de la Ummah, la comunidad musulmana, que es superior tanto al derecho de los Estados como a cualquier forma de derecho entre los Estados, es decir, al derecho internacional. Ante la elección entre obedecer a la Ummah o al derecho internacional, el musulmán siempre obedecerá a la primera. Cualquier adhesión de un país musulmán a una organización internacional se produce con ciertas reservas mentales.
Si ahora pasamos página, encontramos que incluso para la actual cultura dominante en Occidente resulta difícil o imposible pensar en el Derecho, porque esta cultura niega el concepto de “naturaleza”. El presidente Trump había dado a entender que quería retomar –al menos en parte- esta tradición de pensamiento, impulsado por el ala cristiana y católica del movimiento MAGA, pero en el plano de las relaciones internacionales parece haber tomado otro camino, de ahí la actual tensión interna en ese mismo movimiento. Al negar que se pueda conocer un orden natural que sea expresión de un Derecho universal y objetivo, no queda más remedio que pensar que la medida del derecho es la utilidad, como pensaba Hobbes; o, como mucho, “el conjunto de condiciones mediante las cuales el arbitrio del hombre puede acordarse con el arbitrio del otro”, como sostenía Kant: una especie de compromiso entre egoísmos que vale tanto para las relaciones entre ciudadanos como para las relaciones entre Estados.
El positivismo es la gran corriente de la cultura occidental moderna que ha sustituido el Derecho por los derechos. No es la única, pero sin duda es la predominante. Para ella, las normas de las relaciones internacionales tienen su propia legitimación por el mero hecho de ser decididas y establecidas por los sujetos estatales que las formulan y firman. Pero una legitimidad basada en la efectividad del consenso puede ser deslegitimada por un nuevo y diferente consenso que dé lugar a una efectividad nueva y diferente. E incluso se vuelve legítima una efectividad sin consenso. Esto ocurre cuando cambian los intereses particulares en juego, pero sobre todo ocurre porque esa filosofía lo permite, es más, lo postula.
