La sinodalidad contamina también el regreso de la Doctrina social
¿Qué ha cambiado entre León XIV y León XIII, pero también con respecto al más reciente Juan Pablo II? Entre el magisterio social de unos y otros se interpone el nuevo paradigma sinodal, que impone el paso del “corpus doctrinal” al “discernimiento comunitario”.
La presentación orgánica del panorama general de la Doctrina social de la Iglesia por parte de León XIV en su encíclica Magnifica humanitas debe valorarse, como señalábamos en un artículo anterior. Sin embargo, también hay que analizarla de forma más profunda, más allá de una visión sintética de conjunto. Los matices son importantes. Los puntos a examinar son sobre todo dos: la relación con León XIII, dada la referencia explícita de la encíclica hacia él, y en segundo lugar, si hay novedades con respecto a las enseñanzas más recientes, sobre todo de Juan Pablo II, que definió con precisión y -según algunos- de manera definitiva, la naturaleza de la Doctrina social de la Iglesia.
En un artículo inmediatamente posterior al primer discurso de León XIV como pontífice, se preguntaba qué había retomado exactamente de su predecesor, cuyo nombre había elegido. Ahora podemos hacernos esa pregunta y buscar la respuesta en la nueva encíclica. Para León XIII, el bien común era la sociedad cristiana que describió en la Immortale Dei. No consideraba las “cosas nuevas” para extraer de ellas ideas que le permitieran reconsiderar el cristianismo y hacerlo más receptivo a las exigencias de la modernidad, sino que las condenaba, junto con la libertad de los modernos y la democracia que convierte al pueblo en árbitro de sí mismo, y confirmaba el principio de que la autoridad proviene de Dios. Para él, el verdadero y único problema era volver a garantizar a Dios no solo un “derecho de ciudadanía” a la par de los dioses, sino una unicidad absoluta de primacía pública.
Estas dimensiones no están presentes en la “recuperación” de León XIII por parte del actual León. La Iglesia ha cambiado de enfoque en todos estos aspectos considerándolos dimensiones periféricas ligadas a los tiempos y no relativas al “núcleo” de la propuesta cristiana. Sin embargo, Joseph Ratzinger señalaba —en su libro Dogma y predicación— que no siempre está claro hasta dónde llega la afirmación de fe y dónde su instrumentalización determinada por el tiempo, cuánto entra en el núcleo y cuánto no. Es un problema hermenéutico muy insidioso.
El hecho de no recuperar por completo a León XIII en Magnifica humanitas era algo previsible y, por lo tanto, no es ninguna novedad. Hoy en día puede considerarse de mayor interés la cuestión de posibles novedades con respecto a Juan Pablo II. En nuestra opinión, las novedades existen y pueden resumirse en el paso del “corpus doctrinal” al “discernimiento comunitario”. El Papa Wojtyla escribió en Centesimus annus (1991) que la Iglesia establece un “paradigma permanente… formula una verdadera doctrina, un corpus, que le permite analizar las realidades sociales, pronunciarse sobre ellas e indicar orientaciones” (n. 5). La misma expresión “corpus doctrinal” se había utilizado en Sollicitudo rei socialis (1987) en el n.º 1, mientras que en Centesimus annus había hablado de “forma sistemática” (n.º 53). Se trata de definiciones contundentes, en la medida en que se atribuye a la Doctrina social el carácter de una verdadera disciplina capaz de conocer y juzgar a la luz de su propio saber. La Iglesia, como Iglesia, formula, analiza, se pronuncia, indica…
La encíclica Magnifica humanitas dedica dos capítulos a la presentación de la Doctrina social. Para nuestro análisis son importantes los párrafos del 19 al 27, que contienen la definición de su naturaleza como “discernimiento comunitario”, que parece bastante diferente de la anterior. La expresión conlleva algunas características de la nueva teología moral y de la nueva sinodalidad. En este marco, el discernimiento no se interpreta como la decisión prudencial sobre cómo actuar en conciencia a la luz de los principios primeros (que permanecen inamovibles en su forma sistemática), sino la renovación de los mismos principios a la luz de las exigencias de las nuevas situaciones que la historia nos propone.
Discernir ya no es aplicar, aunque sea con creatividad, sino producir una norma actualizada, en apertura a lo que el Señor ya está haciendo en la historia: “El pueblo de Dios reconoce en las transformaciones culturales y sociales tanto los signos de la presencia de Cristo, que viene y guía la historia hacia su plenitud, como aquellas desviaciones que oscurecen su rostro” (n. 22). La norma forma un todo con la vida. El adjetivo “comunitario” completa el cuadro, indicando que la verdad se busca de manera comunitaria en un único proceso que no se limita a la Iglesia, sino en comunión con las otras religiones y con toda la humanidad. La Iglesia, por tanto, no formula, no analiza, no se pronuncia, no indica… sino que participa en un proceso.
En el párrafo 25 se dice que la verdad no es una “posesión que reclamar, sino un don que compartir” y que la Iglesia “no quiere enarbolar la bandera de la verdad”. Esta pretensión es condenada porque transformaría la fe en un “poder”. La Doctrina social “no es un manual de principios y normas que aplicar, sino un camino de discernimiento comunitario”; “La Iglesia —junto con las demás confesiones cristianas y los creyentes de otras religiones— debe hacer oír su voz no para dominar, sino para servir a la comunión”.
Parecen expresiones ya hemos escuchado ampliamente, sobre todo en el marco de la “nueva sinodalidad”, según la cual la comunión produce la verdad en lugar de lo contrario, comunión que en este caso corre el riesgo de reducirse a consenso. La Doctrina social como “apoyo al discernimiento común” (n.º 24) presenta exigencias sin duda diferentes de su definición como “corpus doctrinal”.
