Rupnik, los Jesuitas forman un muro para suavizar las sanciones
De las declaraciones de P. Verschueren parece probable que las medidas contra el padre Rupnik no vayan en la dirección de la que sigue siendo la única sanción proporcionada a los delitos cometidos por el jesuita: la expulsión del estado clerical. Sin embargo, el Código de Derecho Canónico (CIC) habla por sí mismo.
El jesuita Johan Verschueren, consejero general y delegado del Superior General de la Compañía de Jesús para las Casas y Obras Interprovinciales en Roma, reveló indirectamente a Aciprensa qué medidas tomará la Compañía hacia el Padre Marko Rupnik.
El P. Verschueren admitió que en las restricciones impuestas hasta ahora al jesuita esloveno algo definitivamente no ha funcionado: “el punto débil de las mismas es la interpretación del Superior local; de ahí que las últimas apariciones públicas del P. Rupnik fueran conformes con las medidas. El Superior Local lo permitió”. Recordamos que Rupnik, hasta la fecha, no ha recibido más que la prohibición de confesar, hacer dirección espiritual, predicar Ejercicios Espirituales y realizar otras actividades sin permiso del superior. Verschueren luego agregó que: “Somos conscientes de este problema, y estamos honestamente molestos por ello. Es obvio que tenemos que ajustar el punto débil de las medidas tal y como se pusieron en el anterior decreto, estamos trabajando en ello”.
De esta declaración parece pues bastante probable que la comunicación esperada en estos días de parte de la Compañía de Jesús (ver aquí) sobre las medidas contra el padre Rupnik no irá en la dirección de lo que sigue siendo la única sanción proporcionada a los crímenes cometidos por el jesuita: la destitución del estado clerical. Según Verschueren, de hecho, el punto débil de las sanciones fue simplemente la excesiva discrecionalidad concedida a los superiores locales; y es en este punto que la alta dirección de la Compañía estaría haciendo correcciones. Correcciones que no serían necesarias si se orientara hacia la reducción al estado clerical del jesuita esloveno.
Sin embargo, el CIC. 1387 prevé la destitución del estado clerical del sacerdote que “durante la confesión, o con ocasión o pretexto de esta, solicita al penitente a un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo”, si el delito cometido resulta ser serio. Además, el CIC. 1395 prevé penas que llegan a la reducción al estado clerical, siempre en proporción a la gravedad del delito canónico: “§ 1. El clérigo concubinario, exceptuado el caso del que se trata en el c. 1394, y el clérigo que con escándalo permanece en otro pecado externo contra el sexto mandamiento del Decálogo, deben ser castigados con suspensión; si persiste el delito después de la amonestación, se pueden añadir gradualmente otras penas, hasta la expulsión del estado clerical. § 2. El clérigo que cometa de otro modo un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo, cuando este delito haya sido cometido con violencia o amenazas, o públicamente o con un menor que no haya cumplido dieciséis años de edad, debe ser castigado con penas justas, sin excluir la expulsión del estado clerical cuando el caso lo requiera”.
El “caso Rupnik”, por lo tanto, no parece tomar la dirección de la justicia. Por un lado, la Santa Sede se lavó las manos, al mejor estilo de Pilatos: dejó sin efecto la prescripción de los numerosos abusos cometidos por el jesuita y levantó la excomunión después de menos de un mes, lanzando así la patata caliente a la Compañía de Jesús. Por otro lado, los jesuitas, según nos dejan entender las afirmaciones del P. Verschueren, no parecen dispuestos a tomar el camino de la sanción más grave, pero más justa.
El padre Verschueren también confirmó a Aciprensa la identidad de los superiores del padre Marko Rupnik, a partir de 2004. El primero de la lista es el padre Milan Žust (hablamos de él aquí), quien no solo fue superior de Rupnik en el Centro Aletti de 2004 a 2017, sino que también fue miembro del Delegado del Superior General de la Compañía de Jesús para las Casas y Obras Interprovinciales en Roma en el trienio 2018-2021; es decir, desde 2020 trabaja en estrecha colaboración con el propio jesuita belga.
Luego, el P. Juan Antonio Guerrero Alves, quien desde 2017 ocupa el cargo que luego cederá al P. Verschueren, cuando en noviembre de 2019 fue nombrado por el Papa Francisco prefecto de la Secretaría de Economía, para sustituir al Cardenal Pell. Un breve encargo, que duró sólo tres años, al que Guerrero había renunciado “por motivos personales”. En fin, a partir de 2020, el propio padre Verschueren, quien esencialmente se señala a sí mismo como uno de los “puntos débiles” de las restricciones a Rupnik, porque incluso durante el período de su mandato siguió dando vueltas por aquí y por allá. El 30 de noviembre de 2022, por ejemplo, estuvo en Brasil para recibir públicamente un título honorífico de la Pontificia Universidad Católica de Paraná, en Curitiba. Y nadie se había percatado -salvo los periodistas- de que estaba previsto que Rupnik, precisamente en este período, realizó en Loreto lo que teóricamente le estaba prohibido hacer, un curso de Ejercicios Espirituales (ver aquí).
Primero: ¿Por qué Verschueren sigue en este puesto? ¿Qué credibilidad tendrán las decisiones de los jesuitas si entre los que tendrán que decidir y hacer cumplir las decisiones está el mismo Verschueren?, pues permitió que Rupnik siguiera viajando tranquilo, cuando ya había sido excomulgado y los testimonios de los hechos de los años noventa ya se habían considerado creíbles. Lo mismo ocurre con el padre Milan Žust, que, hasta donde sabemos, sigue siendo superior del Centro Aletti.
Segundo: ¿si no se reduce al estado clerical un sacerdote que abusó continuamente de las religiosas, precisamente explotando su autoridad sacerdotal, que encubrió su lujuria con motivaciones “teológicas”, que durante años dio la vuelta al mundo para hablar de discernimiento, vida religiosa y para crear sus “obras de arte”, que a menudo se inspiraron en la sensualidad de sus víctimas, entonces a quién? Rupnik no violó “simplemente” el sexto mandamiento, sino que abusó de esa autoridad que le viene del Orden sacerdotal. Cometió doblemente el pecado del sacrilegio, porque violó su sagrado celibato y profanó continuamente a las mujeres, en su mayoría jóvenes, consagradas a Dios con voto de virginidad.
Tercero: la justicia quisiera que los que encubrieron a Rupnik fueran inmediatamente removidos de sus cargos. Y que haya claridad sobre lo acontecido en el asunto de la excomunión relámpago.