Si Unicef no reconoce que la pornografía es un mal
Un informe de Unicef - primero publicado, luego retirado por las voces de protesta y reintroducido con ligeros cambios - apoya la idea de que la pornografía no siempre es dañina para los niños y adolescentes. Y no se les debe negar una “educación sexual vital”, incluidos el aborto y las cuestiones LGBT. Un enfoque escandaloso que no reconoce el mal objetivo de la pornografía.
Según Unicef, la pornografía no es necesariamente dañina para los niños y adolescentes. Ésta es la esencia de un informe que con razón ha causado escándalo en el mundo profamilia. Lo singular es que Unicef, a raíz de la noticia del informe de Friday Fax - publicación vinculada a un instituto de investigación estadounidense (C-Fam) que sigue de cerca las actividades de la ONU y su entorno - ha retirado de su página web la versión original del documento. Y unos días después lo reintrodujo con algunos cambios para que los contenidos fueran más utilizables políticamente, pero sin corregir la estructura incorrecta de fondo. En la práctica, la agencia de la ONU nos dice que la pornografía no es un mal en sí misma, apoyando así la enésima falsedad del relativismo, que no sabe distinguir entre el bien y el mal, hasta el punto de volcarlos.
El informe, titulado “Digital age assurance tools and children’s rights online across the globe” (Herramientas de garantía de la era digital y derechos del niño en línea en todo el mundo), analiza las herramientas en línea de verificación de edad y los derechos del niño en cinco áreas (juegos de azar, pornografía, juegos en línea, redes sociales y materiales de pornografía infantil). Con respecto a la pornografía, revisa las propuestas legislativas de algunos países y cita algunas investigaciones que presentan, más allá de los datos recabados, diferentes juicios sobre el tema ya sean totalmente negativos o sustancialmente laxos.
A la pregunta “¿Cuáles son las pruebas del riesgo y del daño?”, Unicef respondió recordando la existencia de “diferentes tipos de riesgos y daños que se han relacionado con la exposición de los niños a la pornografía”, pero añadió inmediatamente después que “no hay consenso sobre el grado en que la pornografía es dañina para los niños”. Precisamente esta última parte, relativa al “consentimiento” faltante sobre la magnitud del daño, ha sido eliminada de la nueva versión del documento. Y, de manera similar, de la respuesta a la siguiente pregunta (“¿Las pruebas justifican los límites de edad?”) La agencia de la ONU ha eliminado la parte en la que se decía que “las pruebas son contradictorias, y actualmente no existe un acuerdo universal sobre la naturaleza y el alcance del daño causado a los niños al ver contenido clasificado como pornográfico”.
Por lo demás, hay algunas palabras que han cambiado desde la primera versión, pero nada que cambie la escandalosa perspectiva de Unicef, que se cuida de no expresar un propio y claro juicio contra la pornografía.
Por ejemplo, yendo a ver lo que hay tanto en el primero como en el segundo informe, la agencia de la ONU cree que hay contenidos que se pueden clasificar como pornografía “en ciertos contextos” y esto, ante la presencia de restricciones relacionadas con la edad, “podría negar a los niños el acceso a materiales esenciales de educación sexual” (pág. 35). Breve recordatorio: la idea de “educación sexual” compartida por varias agencias de la ONU - desde la UNESCO hasta la OMS con sus infames directrices para Europa - es en realidad pornográfica y cualquier cosa menos “vital”. No es sorprendente que el informe de UNICEF exhorte posteriormente a los niños a no ser excluidos de la información en línea sobre “salud sexual y reproductiva” (una expresión que incluye el aborto), “incluyendo los recursos para la educación LGBTQ” (p. 39).
Unicef recuerda brevemente la existencia de investigaciones que subrayan “los resultados negativos” del uso de la pornografía, como “mala salud mental, el sexismo y la objetivación, la agresión sexual”. Y luego, por otro lado, cita el estudio “EU Kids online 2020” de la London School of Economics, basado en encuestas realizadas en 19 países europeos, en el que parece que “la mayoría de los niños que han visto imágenes sexuales en línea no estaban ni horrorizados ni felices (del 27% en Suiza al 72% en Lituania); entre el 10% y el 4% estaban bastante o muy horrorizados; el 3% de los niños (en Estonia) y el 39% (en España) dijeron sentirse felices después de ver este tipo de imágenes”.
No se expresa ningún juicio sobre el hecho de que percibirse a uno mismo indiferente o incluso “feliz” por las visiones pornográficas sigue siendo una percepción efímera y engañosa, como tantas existen en el mundo (piense en las drogas y otras adicciones desordenadas), que choca con el dato objetivo según el cual la pornografía es contraria al bien de la persona, genera adicción y daño psicofísico evidente en el mediano-largo plazo.
Refiriéndose a los límites de edad para la pornografía comercial establecidos en 18 años en varios países, Unicef sugiere un sistema de clasificación de edad más “matizado”, para “diferencias en el nivel individual de madurez de los niños” (p. 38). Preocupante también este otro párrafo de la introducción a las cinco áreas mencionadas: “Los niños tienen derecho a ser protegidos en línea de la explotación, el abuso y la violencia sexual, pero esto debe equilibrarse con sus derechos a la privacidad, a la libertad de expresión, a la participación, al juego y al acceso a la información” (pág. 33). Ya hemos visto anteriormente cuáles son algunas de las informaciones consideradas prioritarias por Unicef.
La agencia de la ONU, en respuesta al Friday Fax que pedía comentarios, declaró a través de la portavoz Najwa Mekki que “la posición de Unicef es inequívoca: ningún niño debe ser expuesto a ningún contenido dañino en línea”. Pero Unicef, como podemos ver, no quiso hacer explícita su opinión sobre la pornografía.
Lo que hemos visto es suficiente para comprender la posición de Unicef, también en relación con las partes omitidas en el informe modificado. Porque el punto no es que no haya “consentimiento” o “acuerdo” sobre cuán dañina es la pornografía (inevitablemente habrá diferentes juicios entre quienes, por ejemplo, se benefician de ella y quienes reportan los peligros, confirmando que no es el “consentimiento” a determinar la verdad), pero que es objetivamente contrario a la ley moral natural. Como recuerda el Catecismo, “la pornografía […] atenta gravemente a la dignidad de quienes se dedican a ella (actores, comerciantes, público) […]. Introduce a unos y a otros en la ilusión de un mundo ficticio. Es una falta grave. Las autoridades civiles deben impedir la producción y difusión de material pornográfico” (CIC, 2354). Sobre estos simples principios de sentido común, que son válidos para todas las edades, se debería basar el enfoque de cualquier organización que declare actuar por el bien de los niños.