Nuestra Señora del Carmen por Ermes Dovico
MALENTENDIDOS

China-Écône: hay quien exige la regularización y quien la rechaza

¿Por qué no reconocer a los obispos de la Fraternidad como a los impuestos por Pekín? Estos últimos, de hecho, se autoinvitan a la comunión con Roma, mientras que los primeros se autoexcluyen para actuar por su cuenta. Los nombramientos del Gobierno chino siguen siendo discutibles, pero no justifican el cisma lefebvriano.

Ecclesia 16_07_2026 Italiano English

Hoy queremos abordar la objeción de “los dos pesos y las dos medidas”: en China un gobierno ateo y comunista consagra obispos sin ningún mandato de la Sede Apostólica, y el Vaticano no excomulga a nadie; la Fraternidad Sacerdotal San Pío X consagra a cuatro obispos y, al día siguiente, el Dicasterio para la Doctrina de la Fe declara la excomunión. A esta objeción se suma otra: ¿no podía el Papa reconocer a los obispos de la FSSPX, dado que reconoce a los chinos?

Comencemos por una constatación de hecho. El acuerdo entre China y el Vaticano, mediado por la Secretaría de Estado y mantenido en secreto, ha sido objeto en repetidas ocasiones de críticas por parte de la Brújula Cotidiana (La Nuova Bussola Quotidiana en su edición original en italiano) ya que parece (al menos por lo que se puede observar) complaciente con los caprichos del Gobierno chino, que ha obligado en varias ocasiones a algunos obispos católicos chinos a consagrar a otros sin un acuerdo previo con la Santa Sede. Por lo tanto, el problema existe y es evidente. Pero también se aprecia la extrema delicadeza de la situación de los católicos en China, donde la fidelidad a la Iglesia católica se paga no pocas veces con la privación de la libertad e incluso con la vida misma. Un rechazo por parte de la Santa Sede podría acarrear consecuencias extremadamente peligrosas para la presencia de los católicos en China. Este no es el caso de la FSSPX.

También tenemos que tener en cuenta que, al desconocer los términos del acuerdo entre China y el Vaticano, no sabemos si el Papa ha concedido una aprobación tácita a posibles consagraciones episcopales, incluso sin un mandato explícito. Desde el mero punto de vista de las circunstancias, la situación de los obispos chinos no es comparable a la de la FSSPX; en China, la Santa Sede está buscando una solución práctica que permita a la Iglesia seguir existiendo con una jerarquía legítima y a los fieles católicos seguir existiendo y practicando su fe (solución que parece muy problemática en la situación actual), mientras que en el caso de la FSSPX estas necesidades no existen.

Pero vayamos al meollo de la cuestión: ¿deben considerarse realmente al mismo nivel las consagraciones sin mandato en la República Popular China y las de la FSSPX? La respuesta es negativa. Es más, desde cierto punto de vista, son diametralmente opuestas. En el caso de los obispos chinos, es cierto que la Santa Sede podría negar la comunión a los obispos consagrados sin mandato apostólico, pero en el momento en que decide reconocer estas consagraciones, estos obispos son obispos de la Iglesia católica, pertenecen al cuerpo episcopal y están sujetos al Papa. Sea cual sea el perverso objetivo último del Gobierno chino, éste impone consagraciones episcopales para que dichos obispos sean aceptados por la Iglesia católica; es decir, exige una regularización canónica por parte de la Santa Sede de obispos ordenados sin mandato.

Paradójicamente, la FSSPX ha tomado el camino opuesto. Ante la propuesta de regularización por parte de la Santa Sede, siempre se ha negado sistemáticamente a aceptarla:

primero en 1988, luego en 2012 y, de nuevo, en 2018, cuando, como ha declarado recientemente monseñor Guido Pozzo, Davide Pagliarani rechazó una declaración que se había elaborado de común acuerdo, con el pretexto de que primero “Roma debería haber reconocido sus errores”. Incluso recientemente, ante la propuesta del Dicasterio de entablar nuevas conversaciones con el fin de alcanzar una regularización, Pagliarani se ha negado expresamente. En esencia, los obispos chinos aceptan incorporarse jurídicamente a la Iglesia católica, a pesar de haber sido consagrados sin mandato, mientras que los de la FSSPX rechazan esta propuesta de reintegración.

Además, podemos observar que, hasta la fecha, no se han producido consagraciones episcopales en China en contra de la voluntad del Papa, sino, en todo caso, sin el mandato. Y esta distinción es importante, porque si bien a veces es posible consagrar sin el mandato del Papa —suponiendo que éste apruebe tácitamente las consagraciones que se llevan a cabo en situaciones de grave necesidad para la Iglesia—, esto no es posible cuando la voluntad del Papa se expresa explícitamente en sentido contrario.

Por lo tanto, a la luz de lo dicho queda clara la respuesta también a la segunda objeción mencionada: ¿no podía el Papa otorgar el mandato para las consagraciones del 1 de julio en Écône? Ya habíamos hablado de ello al responder a monseñor Athanasius Schneider, cuando pedía al Papa León que concediera el mandato apostólico a la FSSPX para las consagraciones episcopales anunciadas. Pero, ¿cómo puede el Papa conceder el mandato a quienes quieren sustraerse explícitamente a su jurisdicción? Quienes piensan y dicen que “el Papa también podría haber concedido el mandato” no saben lo que están diciendo; sería pedirle al Papa que aprobara un cisma. Porque la Fraternidad no le estaba pidiendo al Papa que concediera el mandato para poder ejercer el ministerio en la comunión jurídica de la Iglesia católica (que, recordemos, es tan necesaria como la profesión de la fe recta), y por tanto en sumisión a la Sede Apostólica, sino precisamente para poder sustraerse a ella, una vez adquirida una “independencia sacramental”.

Por último, hay que dar una última respuesta a la objeción de los “dos pesos y dos medidas”. Si un Estado hubiera decidido irresponsablemente despenalizar el homicidio, ¿habría que luchar entonces para pedir que también se despenalizara la violación? ¿O no habría que trabajar más bien para que el homicidio volviera a ser sancionado y reinara el orden en la sociedad? Si el acuerdo entre China y el Vaticano no es un buen acuerdo, ¿cuál es la solución: trabajar para que se modifique este acuerdo o exigir la libertad de cometer otros actos que constituyen delitos canónicos contra la unidad de la Iglesia? Si en la casa de Dios reina una impunidad generalizada en muchos frentes, ¿la solución es acaso aumentar aún más las situaciones de impunidad? Cuesta mucho comprender la lógica de los “dos pesos y dos medidas”; sin duda es comprensible el estado de ánimo de quien, tal vez, se ve afectado por una sanción, mientras que otros quedan impunes, pero si esa sanción es justa, no hay que enfadarse con la autoridad de la Iglesia, sino corregirse a uno mismo.

Lamentablemente, las excomuniones a los seis obispos están más que justificadas, al igual que es justo recordar a los sacerdotes y fieles de la FSSPX que la sustracción habitual y sistemática a la autoridad del Papa (rechazando toda propuesta de regularización canónica), que la FSSPX lleva practicando desde hace ya más de cuarenta años, significa estar en cisma, y la adhesión al cisma es un pecado grave contra la comunión católica, que conlleva la excomunión latæ sententiæ, aunque no se declare.