San Marcos por Ermes Dovico
MOTU PROPRIO DE FRANCISCO

Sí a las “lectoras y acólitas”: El próximo bastión a derribar es el Diaconado

La decisión del Papa, a través del motu proprio Spiritus Domini, de modificar el canon 230, abre también a las mujeres el Lectorado y el Acolitado, dos ministerios que a lo largo de los siglos siempre se han conferido sólo a los varones porque, como las otras antiguas órdenes menores, emanan del Diaconado. Ahora, habiéndose roto el vínculo con la tradición, también éste último podrá ser atacado.

Ecclesia 14_01_2021 Italiano English

¿Será acaso un hueso que el Papa ha lanzado para apaciguar momentáneamente el hambre de sacerdocio femenino de los “pastores” alemanes y sudamericanos? ¿O, por el contrario, es un paso más –según los principios de la ventana de Overton- para llegar al diaconado femenino y luego dar el salto a lo que está prohibido?

La decisión del Papa Francisco de modificar con el motu proprio Spiritus Domini, el canon 230 § 1 del Código de Derecho Canónico, debe hacernos pensar. La versión anterior, ya caducada, limitaba sólo a los hombres la posibilidad de ser instituidos lectores o acólitos; la nueva versión, en cambio, indica que todos los fieles “laicos que tengan la edad y los dones determinados por decreto de la Conferencia Episcopal”, sin excluir a las mujeres, pueden asumir estos ministerios de manera permanente.

La demolición de las Órdenes menores comenzó en 1972, cuando Pablo VI, con el motu proprio Ministeria quaedam, había establecido que, “como las Órdenes menores no han sido siempre las mismas y muchas de las funciones anejas a ellas, igual que ocurre ahora, las han ejercido en realidad también los seglares, parece oportuno revisar esta práctica y acomodarla a las necesidades actuales, al objeto de suprimir lo que en tales ministerios resulta ya inusitado; mantener lo que es todavía útil; introducir lo que sea necesario”. Y así, con el extraño criterio de “las necesidades actuales” fueron el Ostiario, el Exorcista y, no sin mayor perplejidad, el Subdiácono. El Lectorado y el Acolitado, en cambio, se han mantenido, aunque ya no como Órdenes menores, es decir, ministerios “ordenados” preparatorios de la Ordenación diaconal y luego presbiteral, sino como ministerios instituidos que puede recibir cualquier fiel laico masculino debidamente dispuesto.

La apertura de estos ministerios a los fieles laicos parece más acorde con su origen histórico: en la Alta Edad Media el estatus de clérigo, y por tanto el acceso a estos ministerios, no estaba reservado a aquellos que habían emprendido el camino hacia el sacerdocio. En cambio, fue el Concilio de Trento, en su período de sesiones XXIII, el que decidió que estos ministerios se convirtieran en “Órdenes menores”. El Concilio recordó que “desde el principio de la Iglesia se utilizaron los nombres de las siguientes órdenes y los ministerios propios de cada una de ellas: subdiácono, acólito, exorcista, lector, ostiario, aunque no con igual rango. El subdiaconado, por otra parte, es considerado por los Padres y por los sagrados concilios como una de las órdenes mayores; y leemos en ellos, muy frecuentemente, también lo que concierne a las órdenes menores”. Por esta razón, el canon XVII de esta sesión se preocupaba de restaurar dichas órdenes: “Para que las funciones de las órdenes sagradas, desde el diaconado hasta el ostiario, encomiablemente recibidas en la Iglesia desde los tiempos de los apóstoles, y en muchos lugares durante mucho tiempo interrumpidas, puedan ser restauradas para su uso según los sagrados cánones, y no ser criticadas por los herejes como inútiles, el santo sínodo, deseando seriamente restaurar esa antigua costumbre de uso, decreta que en el futuro tales ministerios no sean ejercidos sino por aquellos que están constituidos en estas órdenes”. Y requería que los cuatro primeros (Ostiario, Lector, Exorcista y Acólito) se confirieran preferentemente a clérigos célibes, en ausencia de los cuales se podían elegir también hombres “casados de vida honesta, aptos para estos oficios, siempre que no sean bígamos y a condición de que lleven la tonsura y el hábito clerical en la iglesia”.

Los años pasaron y, quién sabe por qué, algunas de estas funciones “loables en la Iglesia desde los tiempos de los apóstoles” ya no tienen cabida en la Iglesia del siglo XX, ni siquiera en los seminarios (con excepción de los institutos “tradicionales”)...

Lo que hay que subrayar aquí es que tales ministerios siempre se han conferido sólo a los hombres: el motu proprio aparece, por tanto, como un unicum en la historia de dichas órdenes. No hay misoginia en la práctica tradicional; la motivación de esta elección la explica santo Tomás de Aquino: “En la Iglesia primitiva, debido a la escasez de ministros, se les confiaban a los diáconos todos los ministerios inferiores [...]. Más tarde, sin embargo, el culto divino se amplió; y lo que la Iglesia tenía implícitamente en una sola orden, se le confió explícitamente a otras órdenes” (Super Sent., lib. 4 d. 24 q. 2 a. 1 qc. 2 ad 2). Así, las Órdenes menores emanan del Orden diaconal, como afluentes de agua de su fuente, aunque sean distintos a ella. Por lo tanto, era natural que los candidatos para estas “órdenes” fueran hombres y, preferentemente, candidatos célibes (para más información sobre la cuestión de la masculinidad y el celibato, véase el libro publicado en italiano por la Nuova Bussola Quotidiana “Vi dichiaro celibi e casti”).

El fundamento de estas Órdenes menores y su origen histórico, incluyendo el Lectorado y el Acolitado, está por tanto en el hecho de que están conectadas en cierta manera con el Diaconado ordenado. Abrir estos ministerios al sexo femenino, por lo tanto, o bien ha sido una operación superficial que ha olvidado este vínculo (o lo considera mayormente superfluo), o bien era sobradamente conocido y se ha llevado a cabo la operación como si fueran torres preparadas para asediar la ciudadela del Diaconado. En cualquier caso, los signos de la decadencia, o mejor dicho, de la descomposición del catolicismo están avanzando.

La realidad es que cuesta entender que el Papa haya afirmado que “una práctica consolidada en la Iglesia latina ha confirmado, de hecho, que tales ministerios laicos, al estar basados en el sacramento del Bautismo, pueden ser confiados a todos los fieles idóneos, sean hombres o mujeres, según lo que ya está implícitamente previsto en el can. 230 § 2”. Esta afirmación es flagrantemente incorrecta: el canon mencionado de hechoestaba precedido por el § 1, que hacía explícito que los candidatos al ministerio estable debían ser sólo “varones laicos (viri laici)”, la última reliquia –evidentemente considerada una reliquia obsoleta- de ese vínculo con el Diaconado. La verdad es que en la Iglesia no existe la práctica de conferir tales ministerios establecidos a las mujeres: el Papa ha utilizado la cuestionable costumbre de las niñas monaguillos y lectoras temporales para derribar otro bastión colocado en defensa del Diaconado masculino.