San Fidel de Sigmaringa por Ermes Dovico
EL CATECISMO DE LOS DOMINGOS/14

Custodiar, profundizar y transmitir la Revelación

El Magisterio no puede añadir nada a la Revelación y puede asumir dos formas –ordinaria y extraordinaria– y dos modalidades: solemne y no solemne. El tema de la infalibilidad atañe tanto a los fieles (“in credendo”) como al Papa (“in docendo”). He aquí cuando el Magisterio ordinario y extraordinario se convierte en infalible.

Ecclesia 06_03_2022 Italiano English

Hemos llegado a la decimocuarta lección, y hoy veremos en qué modos y formas se expresa el Magisterio de la Iglesia.

Damos por sentado que el Magisterio no existe para llenar las lagunas de la Revelación o para encontrar un modus vivendi entre la fe y la cultura contemporánea, sino para conservar la Revelación, para profundizar en ella y transmitirla fielmente.

Este es el sentido del Magisterio: conservar, profundizar y transmitir la Revelación.

Para ello, hay formas que el Magisterio adopta y modos en que se expresa.

En cuanto a las formas, nos encontramos con dos FORMAS PRINCIPALES del Magisterio:

la auténtica forma ordinaria

la extraordinaria

Cuando hablamos de MAGISTERIO ORDINARIO O AUTÉNTICO, nos referimos precisamente al modo normal y habitual en que los pastores de la Iglesia, incluido el obispo de Roma, enseñan, sin pretender vincular explícitamente la fe de los católicos. En otras palabras, es la forma “normal” en que los pastores de la Iglesia ejercen su facultad de enseñar. Si dentro de esta enseñanza los pastores enseñan algo que ya ha sido definido por la Iglesia, está claro entonces que en el Magisterio ordinario hay contenidos vinculantes, no tanto por la forma, sino porque en el Magisterio ordinario los pastores recuerdan las enseñanzas de la Iglesia (como debería ser). Por ejemplo, pueden recordar el Concilio de Trento, los artículos del Credo, otros textos… todo lo que se refiere a la enseñanza definitiva de la Iglesia.

Otra forma del Magisterio es LA FORMA EXTRAORDINARIA; se refiere a que de manera extraordinaria, por tanto no ordinaria, la Iglesia se expresa y enseña. ¿Cuáles son estas formas extraordinarias? Por ejemplo, un Concilio Ecuménico o un pronunciamiento del Sumo Pontífice ex cathedra, es decir, cuando el Pontífice pretende expresamente vincular la fe de la Iglesia, es decir, de todos los fieles, a una declaración dogmática y solemne. Por ejemplo, como ocurrió con la Inmaculada Concepción o el dogma de la Asunción de la Virgen en cuerpo y alma.

El Magisterio también se expresa de DOS MODALIDADES:

  • una solemne
  • una no solemne

Hay que tener cuidado de que no se solapen con las formas ordinarias y extraordinarias; aquí hablamos precisamente de las modalidades.

  • SOLEMNE. Una declaración solemne es identificable por todo un aparato que la acompaña. En el caso de un Concilio es bastante evidente; en el caso de un pronunciamiento ex cathedra hay una forma extraordinaria y solemne de proceder y pronunciarse.
  • El Magisterio que podría definirse como NO SOLEMNE en su modalidad forma parte, sin embargo, de un cierto Magisterio extraordinario, porque pretende, aunque no sea solemne en su modalidad, vincular la fe de los fieles. En este caso también se llama Magisterio universal extraordinario.

¿Por qué es importante distinguir entre el Magisterio ordinario o auténtico y el Magisterio ordinario universal, que entra dentro del Magisterio extraordinario pero no solemne?

Porque el Magisterio ordinario universal pretende explícitamente vincular la fe de los creyentes a algo. Un ejemplo de ello puede ser la Carta Apostólica Ordinatio Sacerdotalis de 1994, en la que Juan Pablo II, en el número 4, aunque no ejerce un Magisterio solemne, pretende vincular la fe de la Iglesia, de los creyentes:

“Por tanto, con el fin de alejar toda duda sobre una cuestión de gran importancia, que atañe a la misma constitución divina de la Iglesia, en virtud de mi ministerio de confirmar en la fe a los hermanos (cf. Lc 22,32), declaro que la Iglesia no tiene en modo alguno la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres, y que este dictamen debe ser considerado como definitivo por todos los fieles de la Iglesia”.

Este es un ejemplo de cómo el Magisterio puede ser extraordinario, pero no solemne y, por tanto, vincular la fe de los creyentes.

¿Por qué son importantes estas diferencias analizadas?

Porque el Magisterio de la Iglesia está siempre asistido por el Espíritu Santo, pero esta asistencia varía, no es siempre del mismo modo.

Es importante en este punto centrarse en el tema de la INFALIBILIDAD.

La asistencia que el Espíritu Santo presta a la Iglesia tiene diferentes modalidades y podemos decir que existe una infalibilidad básica de la Iglesia in credendo:

  • ¿Qué quiere decir “INFALIBILIDAD IN CREDENDO”?

Significa que, precisamente porque la Iglesia está asistida por el Espíritu Santo, al creer, es decir, cuando la totalidad de los fieles confiesa la fe o los artículos de fe, no puede equivocarse. Es el motivo por el que, por ejemplo, la crisis arriana encontró una considerable confusión a nivel de los pastores y mucho menos en la fe de los creyentes, que ciertamente no entraron en la cuestión de la terminología teológica adecuada, sino que se adhirieron básicamente a la divinidad de Cristo y a su consustancialidad con el Padre.

La “INFALIBILIDAD IN DOCENDOse pone al servicio de esta “infalibilidad in credendo”, que tiene matices importantes.

En primer lugar, el Romano Pontífice, y solo él, goza de esta infalibilidad in docendo, sin necesidad del consentimiento de los demás obispos. Se trata de la llamada infalibilidad del Papa ex cathedra, que fue definida por Pastor Aeternus en el Concilio Vaticano I, en 1870 (capítulo 4). Es un texto muy importante porque explica bien el tema de la infalibilidad.

“¡El Romano Pontífice, cuando habla ex cathedra, esto es, cuando en el ejercicio de su oficio de pastor y maestro de todos los cristianos, en virtud de su suprema autoridad apostólica, define una doctrina de fe o costumbres como que debe ser sostenida por toda la Iglesia, posee, por la asistencia divina que le fue prometida en el bienaventurado Pedro, aquella infalibilidad de la que el divino Redentor quiso que gozara su Iglesia en la definición de la doctrina de fe y costumbres. Por esto, dichas definiciones del Romano Pontífice son en sí mismas, y no por el consentimiento de la Iglesia, irreformables”.

Expliquémonos. Es una prerrogativa del Papa en sí misma y no deriva del consenso de la Iglesia, pero al mismo tiempo está en función de la Iglesia y de su propia infalibilidad. Las condiciones de esta infalibilidad son:

– que el Papa se pronuncie en virtud de su suprema autoridad apostólica;

 – que defina y, por tanto, pretenda definir una doctrina en materia de fe y de costumbres;

 – que pretenda afirmar que debe ser sostenida por toda la Iglesia.

Benedicto XVI, en la Santa Misa de entronización en la cátedra romana, el 7 de mayo de 2005, enseñó lo siguiente:

“La potestad de enseñar, en la Iglesia, implica un compromiso al servicio de la obediencia a la fe. El Papa no es un soberano absoluto, cuyo pensamiento y voluntad son ley. Al contrario: el ministerio del Papa es garantía de la obediencia a Cristo y a su Palabra. No debe proclamar sus propias ideas, sino vincularse constantemente a sí mismo y la Iglesia a la obediencia a la Palabra de Dios, frente a todos los intentos de adaptación y alteración, así como frente a todo oportunismo”.

Pero la infalibilidad del Magisterio no es solo esta, sino que existe una infalibilidad del Magisterio así llamado ordinario universal y del Magisterio extraordinario, que goza de tal infalibilidad cuando propone creer verdades de fe como divinamente reveladas.

¿Qué significa esto?

Que debe haber una voluntad explícita de definir un dato de la Revelación; en los textos del Magisterio no todo vincula del mismo modo: es necesario estudiar los textos.

  • Todo lo que se propone para creer como divinamente revelado implica que el fiel que disiente caiga formalmente en la “herejía”.
  • Además, hay afirmaciones que el fiel debe creer, aunque no hayan sido declaradas expresamente en la Revelación divina, pero están conectadas con ella. También estas debe creerlas el fiel, pues en caso contrario se encontraría inmerso en un “error en la fe”.
  • Por último, tenemos la enseñanza del Magisterio auténtico que, como tal, no es infalible, pero siendo auténtico pide una religiosa obediencia de la voluntad y del intelecto, siempre dentro del objeto propio del Magisterio, es decir, la fe y la moral o las verdades estrechamente relacionadas con estos elementos divinamente revelados y, por tanto, explícitamente presentes en la Revelación.

¿Qué significa esto? Significa que de por sí no hay infalibilidad del Magisterio auténtico; sin embargo, dada la autoridad que lo emite, esta observancia es esencial. Precisamente porque no es infalible en sí mismo, podría incluso contener algún error o imprecisión.